Deber alimentario en el sistema jurídico peruano entre integrantes de familias reconstituidas
Resumo
En la legislación peruana la definición de familia y las situaciones jurídicas (deberes y derechos) que surgen entre sus integrantes no se encuentran aun debidamente legisladas; ha sido la jurisprudencia especialmente la del tribunal constitucional la que ha establecido nuevas definiciones como son: las familias monoparentales y reconstituidas o reemsambladas; sin embargo los deberes que nacen entre sus integrantes no han quedado claramente definidos por lo que haciendo un análisis documental y aplicando entrevistas a los operadores jurídicos responsables de la aplicación de los derechos que surjan entre éstos, especialmente el de alimentos. Se encontró que en trabajos de investigación en el país como tesis y artículos concluyen que si corresponde el deber alimentario entre sus integrantes aun cuando no exista vinculo de parentesco entre ellos; así mismo los magistrados de la corte superior de justicia del Santa manifestaron conocer la posición del tribunal constitucional; que no se ha presentado aún ningún caso en esta sede, pero que de presentarse la declararían fundada hasta un límite de 18 años.